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Inicio Historia de Chile / Tercer periodo: La sociedad finisecular: auge y crisis del liberalismo (1883-1920) / El Tratado De Límites Con Argentina De 1881

Historia de Chile: Tercer periodo: La sociedad finisecular: auge y crisis del liberalismo (1883-1920).

El Tratado De Límites Con Argentina De 1881.

        
Antecedentes:

En 1855 Chile y argentina suscribieron un tratado de Paz, Amistad, Comercio y Navegación, en el que se disponía que “Ambas partes contratantes reconocen como límites de sus respectivos territorios, los que poseían como tales al separarse de la dominación española el año 1810...” El Tratado adoptó, pues, como principio de delimitación entre Chile y Argentina, el Uti Possidetis de 1810. Pero una cosa era convenir que el Uti Possidetis de 1810 sería el principio de la delimitación, y otra, mucho más difícil, determinar cuál era, según este principio, el límite entre ambos países. Según historiadores chilenos, el Utis Possidetis de 1810 dejó a Chile casi toda la Patagonia, el Estrecho de Magallanes, la Tierra del Fuego y el sector correspondiente a la Antártica sudamericana. Chile, pues, habría tenido costas en el Atlántico Sur.
Los gobernantes de Chile, nunca poblaron la parte transandina del territorio, situación que hizo más compleja la confrontación de los títulos invocados por historiadores y juristas chilenos ante los representantes argentinos, estos debates duraron hasta el Tratado de Límites de 1881.

El Tratado de Límites de 1881:

El Tratado de Límites entre Chile y Argentina fue firmado en Buenos Aires el 23 de julio de 1881. Por medio de este tratado, ambos Gobiernos resolvieron definitivamente la incertidumbre derivadas de la aplicación del Uti Possidetis a la definición de su frontera.

El tratado de 1881 definió la frontera Chileno - Argentina en cuatro sectores:

Hasta el paralelo 52°: El límite, de norte a sur, hasta el paralelo 52°, la cordillera de los Andes. La línea fronteriza correrá en esa extensión por las cumbres más elevadas de dichas cordilleras que dividan las aguas y pasará por entre las vertientes que se desprenden a un lado y otro...”. Esta disposición, al prescribir como criterio de delimitación “las cumbres más elevadas de dichas cordilleras que dividan las aguas”, supuso la coincidencia de dos líneas lo cual no ocurría así en el sector austral de la Cordillera de los Andes, lo que a posteriori traería nuevas disputas entre ambos países.

Región Austral del Continente y al norte del Estrecho de Magallanes: El límite en este sector es una línea que parte en el divortia aquarum de los Andes y que siguiendo diversos accidentes, continúa hasta la Punta Dungenes. Los territorios que quedan al norte de dicha línea pertenecerían a la Argentina, y a Chile los que se extienden al sur de ella.

Isla Grande de Tierra del Fuego: El Tratado dividió la isla por una línea vertical que parte del cabo del Espíritu Santo; la parte oriental para Argentina y la parte occidental para Chile.

Islas: En cuanto a las islas; pertenecerán a la república Argentina la isla de los Estados, los islotes próximamente inmediatos a ésta y las demás islas que haya sobre el Atlántico al oriente de la Tierra del Fuego y costas orientales de la Patagonia; y pertenecerán a Chile todas las islas al sur del Canal de Beagle hasta el cabo de Hornos y las que haya al occidente de la Tierra del Fuego.

Estrecho de Magallanes: Este tratado dejó a Chile soberano de ambas riberas del Estrecho. También se dispuso que el Estrecho de Magallanes queda neutralizado a perpetuidad y asegurada su libre navegación para todas las Naciones.

Arbitraje: Según el tratado de 1881, toda cuestión que surgiere con motivo del mismo o por cualquier otra causa, sería sometida al fallo de una potencia amiga, “quedando en todo caso como límite inconmovible entre las dos repúblicas el que se expresó en el presente arreglo”. El tratado de 1881 constituyó una transacción. Argentina obtuvo el reconocimiento definitivo de su soberanía sobre la Patagonia, salvo una pequeña parte. Chile, renunciando a su reclamación sobre la Patagonia, obtuvo el control exclusivo del Estrecho.
Fuente: www.biografiadechile.cl


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